3.1) Que precauciones se deben tener al conducir transporte público en Colombia y que condiciones debe cumplir tanto el automotor, como el conductor.

 

Las precauciones y/o reglas que se deben tener al conducir transporte público (bus y taxi) son:

vAl momento de detenerse debe hacerse paralelamente y junto a la acera, de tal manera que permita el adelantamiento de otros vehículos por su izquierda.

vQueda prohibido en los vehículos de circulación, fumar, sacar los brazos o partes del cuerpo por las ventanas o llevar las puertas abiertas.

vEn los vehículos de servicio público no se puede llevar objetos que puedan atentar con la integridad física de los pasajeros, en el caso de llevar equipaje deberá transportarse en la bodega, baúl o parrilla.

vLos vidrios de los vehículos de transporte público deben ser totalmente transparentes y sin ningún objeto que los obstruya.

vTodo conductor de servicio público o particular debe recoger o dejar pasajeros en los sitios permitidos y al costado derecho de la vía, salvo en paraderos especiales de vías troncales que sean diseñadas y operadas con destinación exclusiva al transporte público masivo.

vLos organismos de tránsito remitirán mensualmente a las empresas de transporte público las estadísticas sobre las infracciones de tránsito de los conductores y éstas a su vez remitirán los programas de control que deberán establecer para los conductores.

vEl transporte de más de cinco (5) personas debe portar un botiquín en un lugar visible.

vEl transporte de estudiantes debe estar debidamente rotulado.

vEl grueso del taco de la llanta de transporte público debe ser de 2 mm.


 

Las siguientes son las precauciones tomadas por un conductor de Taxi:

vCuando el vehículo de transporte público individual se encuentre transitando sin pasajeros, debe hacerlo obligatoriamente por el carril derecho indicando la disponibilidad para prestar el servicio, mediante una luz especial destinada para tal efecto.

vNingún vehículo autorizado para prestar el servicio público con taxímetro, podrá hacerlo cuando no lo tenga instalado, no funcione correctamente o tenga los sellos rotos o etiquetas adhesivas con calibración vencida o adulterados. El taxímetro debe colocarse en sitio visible para el usuario. vTodos los taxis deben portar y utilizar el taxímetro.


Estas son las precauciones o normas que debe cumplir un conductor de Bus:

vPortar los documentos vigentes y necesarios para la prestación de los servicios.

vDurante la prestación del Servicio, permanecer con la plena atención de su oficio. No está permitido hablar por celular sin auriculares y/o hacer uso de sistemas de Chat de las diferentes Redes Sociales, conforme a lo establecido en el Plan Estratégico de Seguridad Vial.

vDar un trato respetuoso y amable utilizando un lenguaje cortés frente a los usuarios, conductores de otros vehículos y peatones.

vManejar con profesionalismo y tolerancia en todas aquellas situaciones adversas que se puedan presentar durante la prestación del servicio o condiciones de tráfico.

vCobrar al usuario de manera explícita el valor que corresponda a las tarifas oficiales y recibir si es el caso las propinas voluntarias que desea adicionar el usuario por el servicio prestado.

vConducir de manera apropiada y prudente, preservando la vida propia, la de los pasajeros y la vida de las personas que transitan y usan la vía pública.

vAl momento de dejar a un pasajero en su destino, debe hacerlo en un lugar seguro para descender el vehículo, respetando las señales de tránsito y la normatividad correspondiente.

vTener disposición y servicio en casos especiales como mujeres embarazadas o con niños de brazos, adultos mayores y personas con alguna discapacidad.

vOfrecer un ambiente y experiencia adecuado al usuario con el uso de un volumen moderado de música. En los vehículos de servicio público colectivo urbano, las luces interiores permanecerán encendidas durante todo el tiempo en que el vehículo esté prestando el servicio entre las dieciocho (18) horas y las seis (6) horas del día siguiente.

vCuando algún usuario del transporte público profiera expresiones injuriosas o groseras, promueva riñas o cause cualquier molestia a los demás pasajeros, el conductor detendrá la marcha y dará aviso a la autoridad policiva más cercana para que obligue al perturbador a abandonar el vehículo, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.



Condiciones

El automotor (bus o taxi) deben cumplir las siguientes Condiciones:
En Colombia, los vehículos de transporte público deben cumplir con la Revisión Técnico Mecánica (RTM) obligatoria. En la revisión tecno mecánica se examinan los niveles de emisión de gases y elementos contaminantes, el estado de los frenos, las llantas, el funcionamiento del sistema eléctrico y mecánico, la dirección, la suspensión, los vidrios e incluso el estado de la carrocería del vehículo. Para vehículos de servicio público, se establece que la primera revisión se debe realizar a los 2 años de la primera matriculación del vehículo y posteriormente debe renovarse cada año.

Taxis: En Colombia, los taxis deben cumplir con ciertas condiciones para poder operar:  los taxis deben tener mínimo seis airbags (dos frontales, dos de tórax y dos de tipo cortina que protegen las plazas delanteras y traseras), un recordatorio de uso del cinturón de seguridad, frenos de disco adelante y atrás, aire acondicionado, una cabina de pasajeros con capacidad para acomodar a mínimo cinco (5) personas, incluido el conductor, con un módulo de espacio por pasajero no inferior a 450 milímetros de ancho a la altura de los hombros y con el módulo de silletería de 750 milímetros. Además del porte obligatorio del taxímetro

Buses: Los microbuses deben contar con un dispositivo sonoro (timbre) para indicar la parada. Si el microbús tiene salida por la parte de atrás, debe tener una cámara o un espejo para verificar si la persona ya descendió del vehículo antes de arrancar. Los vehículos de transporte público deben contar con sillas preferenciales para mujeres embarazadas, personas con discapacidad o adultos mayores.


Por otro lado, los conductores de servicio público deben cumplir las siguientes condiciones:


vPortar los documentos vigentes y necesarios para la prestación de los servicios. (licencia de conducción tipo, C1, C2, C3, SOAT, Licencia de tránsito y RTM, además de estar inscrito en el RUNT)




vDurante la prestación del Servicio, permanecer con la plena atención de su oficio. No está permitido hablar por celular sin auriculares y/o hacer uso de sistemas de Chat de las diferentes Redes Sociales, conforme a lo establecido en el Plan Estratégico de Seguridad Vial.

vDar un trato respetuoso y amable utilizando un lenguaje cortés frente a los usuarios, conductores de otros vehículos y peatones.

vManejar con profesionalismo y tolerancia en todas aquellas situaciones adversas que se puedan presentar durante la prestación del servicio o condiciones de tráfico.

vUsar de manera responsable los datos del usuario (Nombre, dirección y teléfono) suministrado ya sea por plataformas o por vía telefónica, esta información sólo podrá ser utilizada para tal efecto.

vDebe prestar el servicio a los usuarios sin condiciones de ruta, horario, tráfico o lugar de destino teniendo en cuenta que no afecte su seguridad.

vCobrar al usuario de manera explícita el valor que corresponda a las tarifas oficiales y recibir si es el caso las propinas voluntarias que desea adicionar el usuario por el servicio prestado.

vConducir de manera apropiada y prudente, preservando la vida propia, la de los pasajeros y la vida de las personas que transitan y usan la vía pública.

vAl momento de dejar a un pasajero en su destino, debe hacerlo en un lugar seguro para descender el vehículo, respetando las señales de tránsito y la normatividad correspondiente.

vTener disposición y servicio en casos especiales como mujeres embarazadas o con niños de brazos, adultos mayores y personas con alguna discapacidad.

vOfrecer un ambiente y experiencia adecuado al usuario con el uso de un volumen moderado de música.

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